Noticias

Rusia aumentará considerablemente exportación de su gas

Rusia aumentará considerablemente exportación de su gas

En próximos siete-ocho años suministros de gas ruso a Europa van a aumentar en cien mil millones de metros cúbicos, comunicó el presidente de Gazprom Alexei Miller durante su entrevista con el primer ministro Vladímir Putin.

Según informó Miller, la exportación de gas ruso en el mercado mundial va creciendo. En el año 2010 a Rusia le correspondía un 24% de la exportación, en el 2011 – 27%.

El miércoles, 18 de abril, terminaron de construir la segunda parte del gasoducto Nord Stream por el fondo del mar Báltico, en el próximo octubre empezarán suministros por el gasoducto nuevo. Consumidores europeos podrán recibir cincuenta y cinco mil millones de metros cúbicos de gas con la ayuda del Nord Stream. Rusia tiene planes de construir otro gasoducto -South Stream. Esta vez en el fondo del mar Negro.

Rusia transfiere treinta y ocho millones de dólares al Banco Mundial

Rusia transfiere treinta y ocho millones de dólares al Banco Mundial

Rusia transfirió treinta y ocho millones de dólares al Banco Mundial para financiar proyectos en países de Europa Oriental y Asia Central.

El acuerdo para crear dos fondos fiduciarios dentro del marco de la colaboración estratégica fue firmado el viernes.

Veintiocho millones de dólares fueron transferidos por Rusia para fortalecer las economías de los países de Europa Oriental y Asia Central con un nivel de ingresos bajo. La otra transferencia de quince mil dólares fue dirigida a un fondo fiduciario de donantes múltiples para financiar los sistemas de estadística en los países de Europa Oriental y CEI.

ATTENTION ! MAY 12, 2019. LABOR DAILY TIMETABLE MANDATORY

Control horario obligatorio

The next May 12, 2019 comes into force the obligation to keep daily record of the time of work of all employees (RD 8/2019 Royal Decree-law 8/2019, March 8, urgent measures of social protection and fight against precarious work in the working day) either full-time or part-time contracts.

1.- The company/employer must keep a Timetable:

  1. There is no specific form of Timetable/Schedule, except if some Collective Agreement specifically indicates. It can be document basis or digital, the regulations only mark that it can not manipulable; We recommend, as far as possible, a registration document signed daily by the company and the employee.
  2. It is necessary to identify company and employee and mark / record the date and time of start and end of the working day of each employee.
  3. Have it available to employees, their legal representatives and the Labor and Social Security Inspection.
  4. Provide the employee with the monthly payroll a copy of the hours actually worked by each employee, whether normal hours, complementary or extraordinary hours, according to the Collective Agreement of application.
  5. Keep the file of the records of the Timetable/Schedule for the next 4 years.

2.- Penalyt.

  1. Failure to comply with the above can be a “infracción garve” (penalty from 626 to 6,250. €).
  2. On the other hand, in case of breach of registration obligations, the employment contract is presumed to be full-time, unless there is sufficient evidence to the contrary.

 

Teléfonos:
llamadas desde el extranjero: (+34) 934 615 906

Mob: (+34) 615 423 358

This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Un cordial saludo,

New Counsel

DIVORCIO

Divorcio

Últimamente te estás dando cuenta que tu matrimonio ya no tiene futuro y no sabes cómo salir de esta situación. Quieres lo mejor para tus hijos y no quieres que sufran por ello, además tenéis una hipoteca que pagáis y dos pisos en común, además de un coche y un dinerito ahorrado en una cuenta que es de ambos. No sabes cómo empezar. Aquí te ayudaremos a resolver todas tus dudas.

Lo primero que tienes que hacer es plantearte que es lo que quieres si quieres separarte o quieres divorciarte. La diferencia entre una separación y un divorcio es que la separación lo que hace es que cesa la convivencia matrimonial con todas sus consecuencias como por ejemplo cómo queda el patrimonio en común, con quién vivirán los hijos, etc. Para que la separación tenga efectos legales tiene que estar decretada mediante sentencia judicial; pero el vínculo matrimonial todavía existe entre vosotros y no se ha roto por tanto si con el tiempo alguno de vosotros encuentra otra pareja y quiere normalizar su situación personal casándose o haciéndose pareja de hecho , entonces habrá que divorciarse.

La separación produce efectos en el patrimonio en común; pero sólo el divorcio produce la liquidación de ese patrimonio. Y esto sólo lo puede hacer un abogado. Hay que tomar decisiones en cuanto a la hipoteca y los bienes en común.

Por consiguiente el divorcio produce la disolución del matrimonio, la liquidación del régimen matrimonial estés casado en separación de bienes o con bienes gananciales. Con el divorcio puedes volver a casarte o hacerte pareja de hecho con otra persona.

Una vez tengas ya claro que es lo que quieres, debes plantear tu decisión a tu compañero/a. El procedimiento de divorcio o separación tiene que ser siempre judicial para que produzcan todos sus efectos ante terceros; es decir; que se le da publicidad para que actúe ante otras personas Por ejemplo al encontrar otra pareja si no estáis divorciados, tal y como se ha expuesto anteriormente, tendréis que divorciaros si quieres volver a contraer matrimonio.

También produce efectos en cuestiones de herencia de tal forma que decretándose la separación o divorcio judicialmente, tu ex no va a poder heredar de ti. Tampoco heredará si hay una separación de hecho, que no judicial; pero esto último habrá que demostrarlo.

Por tanto, para empezar lo que tienes que hacer es buscar un abogado que te ayude para que presente la demanda de divorcio junto con una serie de documentos para acreditar si existen o no hijos menores y otros documentos que el abogado te informará para que se los des y pueda adjuntarlos a la demanda. Junto a la demanda habrá que redactar un convenio que no es más que un contrato entre vosotros donde se establecerán una serie de pactos a partir de los cuales se irán desarrollando vuestras relaciones después de la separación o divorcio y un plan de parentalidad que no es más que otro contrato donde se van a establecer unas cláusulas de obligado cumplimiento para relacionaros con vuestros hijos una vez separados o divorciados.

Por último unos consejos cuando estéis delante del abogado que os preparará la demanda para separaros o divorciaros.

1-    Antes de contratarlo pide presupuesto y recordad que si la separación o divorcio es de mutuo acuerdo os saldrá más barato puesto que los gastos se comparten a medias y no se celebrará ningún juicio. Si no estáis de acuerdo, el divorcio o separación será un procedimiento contencioso y esto quiere decir que saldrá más caro puesto que todos los gastos correrán a cargo de uno sólo, aparte de que el abogado no sólo redactará demanda, convenio y plan de parentalidad; sino que habrá un juicio y hay que prepararlo y asistir a la vista con lo que el presupuesto es mucho más caro que si se hace de mutuo acuerdo.

2-    Hay que llevar procurador en ambos casos y también hay que pagar sus honorarios por lo que el abogado os tiene que decir cuánto os cobrará el procurador. Es una persona de la confianza del abogado por lo que normalmente el que lo contrata es él y tú no tienes que preocuparte de esto.

3-    Te puedes divorciar ante notario siempre que sea de mutuo acuerdo y deberás estar asistido por abogado desde el primer momento hasta el mismo día en que se firmará la escritura de divorcio. En estos casos no se lleva procurador; pero tendrás que pagar los honorarios de tu abogado y los del notario.

4-    Por último cuando ya has aceptado el presupuesto de tu abogado para que te lleve el divorcio o separación, exígele que te presente la hoja de encargo profesional donde se especifique el trabajo a realizar y queden reflejados claramente sus honorarios en base al presupuesto que previamente tú has aceptado.

Contacta con nosotros si tienes cualquier duda o quieres aclarar alguna cosa. Recuerda que un asesoramiento a tiempo facilita el éxito del resultado.

             CARMEN CRUZ RUIZ

                     Abogada

Experta en Divorcio, separaciones de pareja de hecho, laboral y herencias

CAMBIO NORMATIVO EN LA CONCESIÓN DE LA RESIDENCIA EN ESPAÑA A CAMBIO DE INVERSIÓN

Residencia por invercion

En la Disposición 11ª de la Ley de la Segunda Oportunidad aparecen los cambios que ha sufrido la concesión de la residencia en España por inversión.

Los cambios que se producen afectan fundamentalmente a la forma de acreditar la inversión realizada, a los plazos de duración de los visados y a la ampliación de los sujetos que solicitan el visado, entre otras.

Fundamentalmente e importantes son ocho los puntos que se cambian con respecto a la anterior ley y que son los siguientes:

1-    No sólo se dará autorización de residencia al inversor y a su cónyuge; sino también a persona relacionada con el sujeto en una relación de afectividad similar a la conyugal y a sus ascendientes que el sujeto tenga a su cargo.

2-    El visado de estancia tendrá una duración de un año

3-    Si se invierte un millón de euros en acciones o participaciones sociales en empresas españolas, éstas empresas españolas deben tener una actividad real de negocio

4-    La aportación mínima de un millón de euros se podrá realizar también sobre fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado y/o fondos de capital de riesgo constituidos en España.

5-    Cuando la inversión se lleve a cabo por matrimonio en régimen de gananciales o régimen análogo a éste, la cuantía de la inversión debe ser el doble de lo que la ley prevé para un único inversor, de lo contrario se considerará que la inversión se ha realizado por uno sólo de los cónyuges y el otro tendrá que solicitar el visado de residencia como familiar.

6-    El inversor deberá nombrar un representante para que se le gestione el proyecto empresarial y que deberá estar debidamente acreditado como tal.

7-    La autorización se podrá renovar por periodos de cinco años y para los que sólo hayan hecho un contrato de arras su autorización durará seis meses.

8-    Si se compran inmuebles, la inversión se podrá acreditar con la escritura de compraventa y si aún no se ha formalizado y el inversor tiene tan sólo un contrato de arras u otro tipo de contrato que se haya formalizado en escritura pública se podrá presentar junto con una certificación bancaria en la cual se certifique el depósito bancario indispensable con la cantidad exigida.

Si desea más información contacte con nosotros.

Carmen Cruz Ruiz

     Abogada

Facebook

 

Upcoming Events

11.10.2012

Proin magna mi, porttitor eget loboris sit amet, bibendum id orci. Nam arius mollis.

12.15.2012

Suspendisse in ipsum ut magna pharetra aliquet non sodales velit. Proin pellenesque.

Contacto

Telefonos oficina central: 
llamadas extranjero: (+34) 934 615 906
llamadas España:  9934 615 906
llamadas urgentes: 615 423 358

fax: (+34) 934 615 906

This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.