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¿Como se presenta la demanda?

 Abogada Carmen Cruz Ruiz

Anteriormente hemos hablado de los primeros pasos que había que hacer para obtener el divorcio y los documentos que había que adjuntar a la demanda. En este segundo articulo voy a hablaros de algo no menos importante que la presentación de la demanda. Y son las llamadas medidas provisionales previas a la solicitud del divorcio.

Estas medidas se toman por razones de urgencia, una urgencia que la crisis matrimonial provoca. Serán provisionales hasta que se dicte una sentencia con las medidas definitivas.

La solicitud de esta clase de medidas la puede hacer cualquiera de los cónyuges antes de presentar la demanda de divorcio. Se decretarán por parte del juez estas medidas siempre y cuando se reúnan una serie de requisitos como por ejemplo que se den las circunstancias de urgencia y necesidad para que juez pueda decretarlas y que no se haya presentado previamente la demanda de divorcio. ¿Qué se debe pedir en la solicitud de medidas previas?

1- Quién ostentará la guarda y custodia de los hijos menores de edad

2- Cómo se ejercerá la patria potestad

3- Cómo se van a relacionar los menores de edad con el progenitor que no conviva con ellos.

4- Establecer una pensión por alimentos para con los hijos y si es el caso también para el otro cónyuge si no trabaja o no tiene los suficientes ingresos para poder alimentarse.

5- La asignación de la vivienda familiar. Sabed que aunque no seáis propietarios de la vivienda en la cual habéis estado conviviendo juntos, se os puede asignar por un tiempo siempre y cuando se acredite ante el juez que no tenéis otro sitio donde vivir y que con vuestros ingresos no podéis pagar un alquiler. En estos casos el juez suele adjudicar la vivienda al más necesitado de ella independientemente de que sea o no propietario de ésta.

6- Y si hay riesgo de retención o desplazamiento de los hijos menores por parte de uno de los progenitores tanto fuera como dentro de las fronteras nacionales, se pide al juez todas las medidas posibles para que esto no suceda. Para que los hijos menores puedan salir del territorio nacional o incluso dentro de él pero en otra ciudad, siempre se ha de tener el consentimiento de ambos progenitores y comunicarlo al juez que está conociendo nuestro divorcio. Entre estas medidas el juez puede prohibir la salida del menor del territorio nacional salvo autorización judicial, la prohibición de expedir el pasaporte al menor y si lo tuviere retirárselo y el sometimiento a la autoridad judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor.

 

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Un cordial saludo,

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