Economía

La eliminación de la cláusula “Suelo”

Clausula Suelo

Ejemplo.

Su hipoteca tiene un interés del Euribor + 2% -diferencial- y la contrató en un tiempo en que el Euribor estaba al 2%, por lo que el interés efectivo fue su momento inicial 2+2-diferencial- = 4%. Y en su hipoteca hay una cláusula Suelo que dice que en cualquier caso el interés no será nunca menos del 3%.

Pero a partir de 2009 todos sabemos que el Euribor ha sido muy bajo e incluso ”0” y a veces negativo por lo que lo que en esos períodos usted debería de pagar de interés en el ejemplo anterior el 0 -Euribor- + 2 -diferencial- = 2%, pero ha estado pagando siempre al menos el 3% por la cláusula suelo.

Ahora, el Banco le ha de devolver lo que ha pagado de más; en el ejemplo anterior sería 3-2=1%. Obviamente hay que hacer el cálculo en cada caso y para todo el período.

Algunas precisiones

1. Qué ha pasado. Pues que el Tribunal de Justicia de la UE ha declarado “nula” las cláusulas suelo de las hipotecas que tanto ha utilizado la banca española, nula quiere decir como si nunca hubieran existido.

2. Qué puedo reclamar. Todo el diferencial de interés que exista en su perjuicio por el que haya pagado de más durante toda la vida del préstamo.

3. Cuánto puedo reclamar. En principio lo indicado en 2 pero ya hay opiniones de que una cosa es que la cláusula suelo sea nula y otra que las consecuencias de la nulidad (la acción de reclamación por existencia d la nulidad) haya prescrito en parte. En todo caso:

4. Plazo. Se va a poder reclamar al menos por los últimos 15 años pero en la práctica hay que ver en qué años el Euribor ha estado tan bajo que, incluso sumándole el diferencial (2% en el ejemplo anterior) daba un interés por debajo del pactado en la cláusula suelo ( 3% en el ejemplo anterior ) que es lo que da el derecho a reclamar por esa diferencia. No siempre es necesario Para reclamar que la deuda con el banco esté viva. Lo que dice el TJUE es que si un tribunal español declara nula su cláusula suelo, la devolución de lo cobrado de más debe hacerse desde el principio y no desde mayo de 2013, como dictaminó el Tribunal Supremo español hace tres años. Y puede haber jueces que entiendan que determinadas cláusulas suelo fueron incluidas en la hipoteca y que el cliente lo sabía y estaba SUFICIENTEMENTE informado de su existencia y de las consecuencias.

El asunto es de gran magnitud porque se calcula que el impacto para la banca en España puede ser entre 5.000 y 10.000 millones de euros.

5.-Qué hacer.

a) Ver el texto de la escritura de hipoteca, ver si está la cláusula suelo y cómo está redactada.

b) Comprobar y calcular lo pagado por intereses en comparación con lo que debería haber pagado si no hubiera habido cláusula suelo.

c) Reclamar al Banco. Al Director de la Oficina o al Defensor del Cliente, y es aconsejable a través de un asesor que defienda bien su posición porque no es una devolución automática y se pueden cometer errores técnicos.

d) Cobrar lo que le deben.

Otras cláusulas para otros supuestos aparte de la CLÁUSULA SUELO que si existen en su contrato de hipoteca hay que revisar con atención:

- Supuestos de cambiar en algún momento el tipo de referencia del Euribor a un tipo fijo u otro índice, como el IRPH.

- Aumentar el diferencial según lo que ocurra en el mercado para que no tenga que entrar en juego la cláusula suelo.

- Fijar una nueva cláusula suelo en el tipo cero por ciento (0%) para frustrar que pueda beneficiarse de un Euribor negativo.

- Obligar / Contratar seguros y otros productos o servicios con el banco de forma abusiva.

- Ver si hay en la hipoteca pactada un interés referido al IRPH (el de mercado hipotecario) que puede ser declarado nulo y que siempre ha sido muy superior al Euribor.

 

Teléfonos:
llamadas del extranjero a España: (+34) 934 615 906
llamadas desde España:  934 615 906
llamadas urgentes desde España : 615 423 358

 

This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

 

Un cordial saludo,

 

New Counsel.

 

Facebook

 

Upcoming Events

11.10.2012

Proin magna mi, porttitor eget loboris sit amet, bibendum id orci. Nam arius mollis.

12.15.2012

Suspendisse in ipsum ut magna pharetra aliquet non sodales velit. Proin pellenesque.

Contacto

Telefonos oficina central: 
llamadas extranjero: (+34) 934 615 906
llamadas España:  9934 615 906
llamadas urgentes: 615 423 358

fax: (+34) 934 615 906

This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.